El municipio navarro del Valle de Egüés implantará grandes ayudas para el alquiler y compra de locales

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El municipio navarro del Valle de Egüés une esta nueva medida a otras que intentan promover y motivar en el emprendimiento.

El Ayuntamiento del Valle de Egüés ha asumido iniciativas como la cesión de espacios a emprendedores en el denominado “vivero de empresas”, o la formalización de convenios con “Cein” para desarrollo del programa “Egüés Emprende” I y II, y con la asociación “Secot”, sin olvidar la contratación de un Técnic@ de Empleo, las ayudas al autoempleo, y a la contratación de trabajadores.

La Corporación municipal quiere seguir profundizando en la adopción de medidas cuyos efectos incidan en la facilitación de puesta en marcha de nuevos negocios, generadores de actividad y, en definitiva, de nuevas ocupaciones. por ello, han presentado una batería de ayudas económicas al alquiler y adquisición de locales cuando de nuevas actividades económicas se trate.

El Alcalde del Valle de Egüés, Alfonso Etxeberria, de Geroa Bai, nos explica que “estas ayudas pretenden ayudar y motivar a los emprendedores en la puesta en marcha de un negocio en el Valle y que esta acción busca motivar en esa decisión de alquiler o compra de un local. Esperemos que, junto al resto de medidas adoptadas, podamos contribuir en la lucha de esta lacra que nos afecta como es el paro y la crisis”.

De esta forma, para ser beneficiarias de las ayudas, tanto las personas físicas como las jurídicas, habrán de poner en marcha un negocio o actividad económica de nueva implantación en un local ocupado en régimen de alquiler o del que hayan adquirido la plena propiedad en el Valle de Egüés.

La actividad podrá tener carácter industrial, comercial o de servicios de cualquier tipo, incluso profesional

La actividad a implantar en el local subvencionable ha de tener carácter innovador, entendiendo por tal aquélla que no haya sido puesta en marcha en el Valle hasta el momento, o bien aquélla otra que aun contando con la concurrencia de otras actividades iguales o equivalentes en el Valle, sin embargo, no estén establecidas en un radio imaginario de 150,00 metros lineales. Este radio será calculado considerando su punto de referencia en la puerta de entrada al nuevo local de cuya implantación subvencionada se trate.

No obstante, la condición anterior no será de aplicación las actividades industriales y de hostelería.

Importantes ayudas al alquiler:

A los efectos del cálculo de las ayudas al alquiler, se establecen los módulos de alquiler que a continuación se detallan:

Destino €/M2
Industrial 3,00 €/mes
Comercial 5,00 €/mes

La cuantía de la ayuda económica para los empadronados se determinará mediante los siguientes porcentajes con respecto al módulo  aplicable en cada caso, sin perjuicio de la aplicación del régimen de limitaciones máximas por local que luego se detalla:

Destino Porcentaje
Industrial 100 por 100
Comercial 100 por 100

La cuantía de la ayuda económica para los no empadronados se determinará mediante los siguientes porcentajes con respecto a las ayudas finalmente resultantes para los empadronados:

Destino €/M2
Industrial 50 por 100
Comercial 50 por 100

En ningún caso el importe máximo de la ayuda sobrepasará el de la renta debida, ni los siguientes límites por local, con independencia de su superficie:

Para empadronados:

Destino Límite máximo

Industrial 1.000,00 €/mes
Comercial 800,00€/mes

Para no empadronados:

Industrial 500,00 €/mes
Comercial 400,00 €/mes

Las ayudas al alquiler mensual tendrán una duración máxima de veinticuatro meses.

Ayudas a la adquisición de locales

La ayuda económica a la adquisición de locales se cuantificará en una cantidad alzada equivalente a la ayuda que dicho local hubiera percibido por su alquiler durante el plazo máximo de percepción de dicha subvención, esto es, un año.

La solicitud de ayuda ha de presentarse por escrito en el Registro General del Ayuntamiento del Valle de Egüés dentro del plazo de un mes desde el inicio de la relación de arrendamiento.