La Sala de lo Penal cree que no hay suficientes elementos de cargo para la condena por tres de los cuatro incendios.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo reduce de 48 años de cárcel a 3 años y 8 meses la pena impuesta a un hombre acusado de incendiar pisos de varios vecinos en el inmueble en el que todos ellos residían en Canals (Valencia).
La Audiencia de Valencia le consideró autor de cuatro delitos de incendio, con una pena de 12 años de cárcel por cada delito. Sin embargo, el Supremo cree que no hay suficientes elementos de cargo para la condena por tres de los incendios, por lo que le absuelve de esos tres delitos, y le condena sólo por el incendio que cometió él mismo en su propia casa, estableciendo la condena en 3 años y 8 meses.