El Tribunal Supremo resalta la necesidad de articular una “pacífica convivencia” de ambas lenguas.
El Tribunal Supremo ha avalado la anulación de varios artículos del Reglamento para el uso de la lengua catalana de las Diputaciones de Girona y Lleida que establecían la preferencia del catalán en sus comunicaciones y ha resaltado la necesidad de articular “una plena y pacífica convivencia de las lenguas castellana y catalana”.
En ambas sentencias, el Supremo desestima los recursos que las dos corporaciones provinciales presentaron contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que anuló varios artículos de su Reglamento, impugnados por la asociación Convivencia Cívica Catalana. Dichos artículos establecían la preferencia del catalán en relación con los ciudadanos en general, como también en un ámbito interno o en la relación del ayuntamiento con personas y colectivos particulares.