Confirman las penas a 13 acusados de difundir el vídeo íntimo de una joven sin su consentimiento en Ordes

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La Audiencia Provincial de A Coruña les impuso penas de entre siete meses y un año y nueve meses de prisión por un delito de revelación de secretos.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de casación interpuestos por 13 de los 15 condenados contra la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que impuso penas de entre siete meses y un año y nueve meses de prisión por un delito de revelación de secretos con la atenuante de dilaciones indebidas.

La sentencia de instancia declara probado que la joven, que tenía 21 años en 2004, grabó un vídeo íntimo suyo y creó cuatro archivos para descargarlo en su ordenador.  Después borró las imágenes, enviándolas a la papelera de reciclaje, aunque no las eliminó de su equipo. La víctima llevó su ordenador a una tienda de informática del municipio coruñés de Ordes para que le pusieran una copiadora de discos compactos. El principal acusado, que trabajaba allí como informático, sin el permiso de la propietaria, recuperó los cuatro archivos e hizo copias que repartió entre los otros condenados que lo difundieron por el pueblo y a través de internet. Según los hechos probados, se repartieron copias en la piscina municipal y se hicieron proyecciones en la cocina de una bodega, en una gestoría y en las dependencias de Protección Civil y Bomberos de la localidad. Alertada por unas amigas, la víctima denunció los hechos en la Guardia Civil y se vio obligada a cambiar de residencia, además de sufrir daños psíquicos.

La sentencia de la Sala de lo Penal explica que en el contexto en el que se produjeron los hechos, una pequeña localidad, donde todos se conocen, la realización de actos de divulgación del archivo, constituye «una conducta que desde nuestro contexto cultural es tenida como afrentosa a la intimidad del sujeto perjudicado».