El auto señala que no consta que se hubiera ordenado al alcalde que tomara medidas y los retirara, ni tampoco consta que él se negara a cumplir una orden de esa naturaleza.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado la denuncia planteada por un abogado contra el senador del PP y alcalde de Almería, Luis Rogelio Rodríguez-Comendador Pérez, por supuesto delito de desobediencia y denegación de auxilio, por incumplir la Ley de Memoria Histórica al mantener escudos y nombres de calles conmemorativos de la dictadura y la Guerra Civil.
El Supremo destaca que para apreciar el delito de desobediencia es necesario que exista una orden expresa y una posterior negativa a cumplirla. En el caso examinado, señala el auto, no consta que se hubiera ordenado al alcalde de Almería, de forma directa y expresa, que en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica tomara medidas y retirara los símbolos de calles, plazas, y edificios, ni tampoco consta que él se negara a cumplir una orden de esa naturaleza.