PRL Internacional: La Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) para trabajadores desplazados

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La coordinación de actividades empresariales (CAE), definida y regulada en el RD 171/2004 de 30 de enero, es uno de los factores de riesgos más difíciles de controlar a nivel de seguridad en el trabajo, ya que los técnicos de PRL han de basar sus medidas correctoras en documentación facilitada por otras empresas de gestión y control de la PRL.

Resulta especialmente complicado para los técnicos de PRL identificar riesgos y proponer medidas correctoras. Su función será determinar los canales de control más exigentes posibles para garantizar que el trabajador que no pertenece a su organización o por el trabajador que deba prestar sus servicios en una organización que no es la suya, lo haga con las mismas garantías de seguridad que si realizara su trabajo en una única instalación fija y de forma permanente.

Si ya resulta complicada cualquier coordinación de actividades empresariales, ésta se agrava cuando el personal que realiza su prestación de servicios es de fuera del país de origen de su empresa, es decir, es un trabajador desplazado.

Cuando nos encontremos con esta tipología de trabajador desplazado, puede ser de utilidad tener en cuenta una serie de recomendaciones como las siguientes:

Para controlar la formación en relación a los riesgos específicos de su actividad laboral, existe la llamada «Safety card and hotworklicense», conocida también como la «Green card training», certificadas por un consultor de certificación internacional. El origen de estas tarjetas está en las empresas químicas alemanas y suizas, pero también podemos empezar a ver que se tramitan en alguna empresa española, si bien no es lo habitual.

Debemos garantizar que el trabajador está cubierto por algún sistema de seguridad social o sistema de cobertura que garantice su protección en caso de accidente en el país de destino, tramitando convenios de trabajadores extracomunitarios o garantizando la cobertura de los trabajadores de la UE con el documento A1.

A parte de esta tarjeta, podemos encontrarnos con trabajadores que nos aporten el llamado «Booket», cuyo formato se asemeja a un pasaporte.

Os recordamos también la importancia de gestionar la prevención del trabajador desplazado, por ejemplo mediante una guía del país donde se realizarán los trabajos, que deberá entregarse al trabajador y que informe sobre posibles situaciones de violencia, de los fenómenos meteorológicos extremos, de los riesgos viales, de pautas de comportamiento y zonas a evitar o de la Guía sanitaria, entre otras.

El objetivo final de todas estas recomendaciones es que al trabajador, cuando presta sus servicios como trabajador desplazado, se le garantice que se han tomado todas las medidas necesarias para la realización de su trabajo en condiciones de seguridad y salud laboral suficientes, respondiendo así al deber de protección que debemos conferir a nuestros empleados en los procesos de movilidad internacional.

Para ampliar la información de dichas recomendaciones, consultar PrevenControl.