El TUE, Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves 9 de junio que es ilegal que la compensación por copia privada destinada a los autores de la obra sea financiada por los presupuestos generales, como establece el canon digital español introducido en 2012, y no por los usuarios de la copia.
La sala europea se ha pronunciado valorando que el sistema español «no garantiza que el coste de la compensación equitativa sólo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas».
Desde 2012, el canon digital por copia privada se sufraga en España con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por lo que el importe se fija anualmente, «dentro de los límites presupuestarios» establecidos para cada ejercicio.