Luxemburgo obliga a España a equiparar la indemnización por despido de un trabajador temporal a la de uno fijo

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El Tribunal de Luxemburgo considera que la legislación española en este punto es «discriminatoria».

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado que España no puede discriminar en las indemnizaciones por despido a trabajadores fijos y temporales, de forma que ambas categorías de asalariados deberán recibir una compensación económica de 20 días por año trabajado.

La consulta fue planteada tras la demanda de una trabajadora del Ministerio de Defensa que fue despedida después de diez años encadenando contratos temporales. El tribunal resuelve que la demandante tiene derecho a percibir una indemnización de veinte días por año, y no de doce, como había establecido la justicia española.

La sentencia exige a los tribunales españoles que reconozcan a ambos tipos de empleados por igual, mientras que la norma vigente en España hasta ahora estipula que los trabajadores temporales deben ser indemnizados con entre 8 y 12 días de sueldo por año de servicio, o nada en el caso de que sean interinos.