La Fiscalía paraliza la fecundación de una viuda con esperma de su marido

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PRUEBA

La Fiscalía ha recurrido el fallo de un juez de primera instancia de Barcelona que lo había autorizado.

El Fiscal argumenta que no consta que el esposo, si viviera, estuviera de acuerdo en este momento con la decisión de su esposa. La defensa de mujer alegó que ella, «como heredera universal, tiene derecho a decidir qué hace con este material genético».

Sonia Álvarez, abogada de la demandante, ha explicado a la emisora RAC1 que «la fiscal dice que el permiso del marido era válido y correcto, pero plantea que si estuviera vivo ahora la relación no sería la misma».

«Viene a insinuar que si estuviera vivo podría haberse divorciado o no quisiera tener hijos. Hace una serie de elucubraciones que entendemos que no son jurídicas (…) Si esto fuera así, los testamentos no serían nunca válidos», ha argumentado la abogada. La letrada ha defendido que la mujer «como heredera universal, tiene derecho a decidir qué hace con este material genético”.

La mujer que quiere tener un hijo engendrado con el esperma de su marido ha explicado que cuando él ya estaba enfermo le pidió que si la enfermedad «iba mal, si le gustaría que yo siguiera con la idea de tener un hijo. Me dijo que sí y me firmó un papel conforme estaba de acuerdo».

«Al cabo de 6 meses (de la muerte de su pareja) consideramos con la psicóloga que ya podía empezar este proceso».

Pasado un año de la muerte del esposo, la clínica comunicó a la mujer que para continuar con el tratamiento de fecundación, era precisa una orden judicial, por el tiempo transcurrido.
De esta manera el caso llegó al cauce judicial, que en primera instancia contó con la aprobación del juez y que ahora ha sido paralizado por el ministerio fiscal.