Gipuzkoa da nuevas ventajas fiscales a los trabajadores por constituir una empresa

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La Diputación de Gipuzkoa ha puesto en marcha un nuevo incentivo para los trabajadores que creen una empresa, que podrán deducirse en su IRPF el 10% del importe aportado a la nueva sociedad si son hombres o el 15% si se trata de mujeres.

Esta ventaja impositiva forma parte de la nueva norma foral sobre medidas tributarias para el año 2019 aprobada por las Juntas Generales guipuzcoanas el pasado febrero.

La deducción «se aplicará a las cantidades en metálico pagadas durante el período impositivo para comprar acciones o participaciones a fin de crear la empresa en la que los contribuyentes trabajarán», de acuerdo con el texto normativo. El ahorro fiscal no podrá superar los 1.200 euros para los hombres y los 1.800 euros para las mujeres.

Fuentes forales explican que este nuevo incentivo pone el foco en empresas en proceso de liquidación, y se aplicará, por ejemplo, a los casos de compañías en crisis en que los trabajadores deciden crear su propia sociedad y continuar con la actividad.

Esta ventaja se suma a la deducción ya existente por la participación de los trabajadores en su empresa, que es del 15% para los hombres y del 20% para las mujeres.

La nueva regulación de medidas fiscales de Gipuzkoa recoge también la actualización de la normativa de sociedades patrimoniales para adecuarla a las firmas de capital riesgo.

Además, modifica el régimen transitorio de los créditos fiscales pendientes de aplicación a partir del 1 de enero de 2018, a fin de incluir los efectos de la ampliación del plazo y los nuevos límites recogidos en la reforma tributaria del pasado mayo.

La norma foral reorganiza la regulación sobre el ejercicio de opciones tributarias en el Impuesto sobre Sociedades y en el IRPF que, según explican los expertos de Garrigues, ha sido objeto en los últimos años de numerosos conflictos de los contribuyentes con los órganos de gestión de Hacienda dado que un error en la autoliquidación podía suponer la pérdida del derecho a aplicar determinados incentivos fiscales ya que no era posible la rectificación de la declaración inicial. También posibilita integrar en la base imponible a porcentajes inferiores al 100% los rendimientos irregulares por cesiones o arrendamiento de vivienda.