El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo se ha reunido hoy en 2 videoconferencias con representantes del sector turístico y del comercio para explicar el Programa de Ayudas Extraordinarias COVID-19.
El fondo de 30 millones del Gobierno Vasco se destinará mayoritariamente al turismo, comercio y hostelería con los 15 millones de esta Orden y de otros 15 mill, a través de Lanbide, de los que más de la mitad corresponden a estos sectores.
Las ayudas se enmarcan en una estrategia de apoyo complementaria a las medidas ya implantadas, con un horizonte de actuación en dos tiempos: resistencia y reencendido económico.
La Consejera de Turismo, Comercio y Consumo, Sonia Pérez Ezquerra, acompañada de la Viceconsejera de Turismo y Comercio, Isabel Muela, han mantenido hoy 2 reuniones con el sector del Turismo (Asociaciones de hotelería y hostelería, empresas de organización de eventos, guías turísticos) y las asociaciones y federaciones de comercio para explicar Programa de Ayudas Extraordinarias COVID-19.
La Consejera ha explicado que su Departamento considera necesario establecer una línea de subvenciones directas que ayuden a la supervivencia del sector turístico y comercial vasco ante las consecuencias inmediatas derivadas de la extensión de la pandemia. Se trata de proteger y dar soporte para minimizar el impacto y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible un rebote en la actividad.
La actividad de la industria turística vasca, con un peso del 6,1% sobre el PIB y más de 100.000 afiliados a la Seguridad Social (10% del total) comparte dos realidades semejantes entre sus integrantes:
-Estructuras de micro pyme (cerca del 86% de los establecimientos turísticos cuenta con menos de 5 empleos) y con un importante colectivo de personas autónomas (cerca del 20% del empleo generado en la actividad turística).
-La inactividad, reducción en ventas o pedidos o interrupciones en la cadena de suministro pueden generar problemas de liquidez y pérdidas que comprometan su normal funcionamiento y su viabilidad. En un contexto excepcional, sobrevenido y global que afecta a más de 14.500 establecimientos turísticos.
En comercio, el peso socioeconómico del sector se evidencia en cifras tanto a través de su peso específico sobre el PIB (10,6%), como por su capacidad de generación de empleo; con un total de 138.000 afiliados a finales de 2019 (83.868 afiliaciones vinculadas al sector comercial minorista).
La actividad del sector comercial minorista se basa en estructuras empresariales micro pyme (cerca del 78% tiene menos de 2 empleos, y el 93% dispone de plantillas con menos de 5) y sobre un importante colectivo de personas autónomas (que representa un 34% del empleo generado en el sector comercial minorista). 12.600 comercios se han visto afectados por el Estado de Alarma.
Este Plan del Departamento se enmarca en una estrategia de apoyo complementaria, con un horizonte de actuación en dos tiempos.
- En este primer tiempo, se pretende apoyar económicamente la resistencia de las personas físicas y jurídicas que conforman la cadena de valor del sector turístico y comercial vasco, afectadas por los ceses de actividad. Por ello, este Programa extraordinario de ayudas se destina a autónomos, y micro y pequeñas empresas cuya actividad principal sea la turística o comercial, al entender que organizaciones de mayor tamaño tienen mayor capacidad para acceder a otro tipo de ayudas.
- A continuación, se buscará acompañar el reencendido del consumo y la actividad turística y comercial impulsando al sector económica e institucionalmente (a través de bonos al consumo, adaptación de las ayudas específicas, campañas…)
Entidades beneficiarias
En turismo, autónomos, micro y pequeñas empresas cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea la turística, cuya actividad se haya visto suspendida totalmente en el periodo de alarma sanitaria.
- Establecimientos de alojamiento turístico.
- Empresas de restauración.
- Empresas turísticas de mediación.
- Empresas de transporte turístico.
- Empresas de turismo activo.
- Guías de turismo.
En comercio, podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden Extraordinaria, autónomos y micro y pequeñas empresas minoristas cuya actividad principal, en cuanto al volumen de negocio, sea comercial minorista.
Conceptos subvencionables
Gastos operativos y corrientes a excepción de los gastos laborales (salarios y cotizaciones a la Seguridad Social):
- Los pagos correspondientes a las cuotas (amortización + intereses) de los préstamos hipotecarios destinados a cubrir la compra del establecimiento donde se desarrolla la actividad o los recibos de alquiler del establecimiento correspondientes a 3 meses consecutivos vencidos dentro del ámbito temporal que abarca desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020.
- El gasto de adquisición del aprovisionamiento de producto perecedero o fresco adquirido con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma sanitaria, o el gasto de financiación del stock de producto de temporada adquirido que no ha podido ser devuelto o renegociado (comercio).
- Los gastos corrientes producidos durante el cierre de la actividad por el estado de alarma sanitaria, como son: suministros, otros consumos o abono de servicios exteriores; gastos de asesoramiento y gestión de las ayudas diversas vinculadas al impacto de la COVID-19; los costes de afiliación a asociaciones del ámbito hostelero, comercial y turístico de ámbito local, comarcal, territorial o CAE, correspondientes a un período máximo de 6 meses desde el momento de la entrada en vigor del estado de alarma.
- Los pagos correspondientes a plazos de inversiones realizadas en el quinquenio anterior a la entrada en vigor del estado de alarma o a cuotas (amortización + intereses) de la financiación de dichas inversiones correspondientes a 3 meses consecutivos.