Kontsumobide recuerda que en rebajas los derechos de las personas consumidoras permanecen intactos

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PRUEBA

El inicio de las rebajas este año viene marcado por la situación sanitaria, por lo que la primera recomendación es planificar las compras y evitar en todo caso las aglomeraciones y comercios concurridos. Una buena solución es acudir al comercio de cercanía y utilizar las rebajas para comprar lo que realmente se necesita.

 

En todo caso, conviene recordar que los derechos de las personas consumidoras se mantienen intactos y no pueden sufrir restricciones en estos periodos. Para garantizar estos derechos los establecimientos deben cumplir una serie de normas:

 

  • En rebajas se debe mostrar el precio original (el precio más bajo que ha tenido el último mes) y el precio rebajado. Los productos rebajados deben estar diferenciados de aquellos que no están afectados por rebajas. Por otro lado, para considerar que un comercio está en rebajas, el comercio debe tener rebajados por lo menos la mitad de sus productos a la venta.

 

  • La garantía de un producto en rebajas no se ve afectada en ningún caso y será de 2 años para los productos nuevos y un plazo pactado para los productos de segunda mano, pero en ningún caso inferior al año. En todo caso no se podrá calificar como producto rebajado aquel que esté afectado por alguna tara.

 

  • Las devoluciones de producto no estarán afectadas por las rebajas. Pero, hemos de tener en cuenta, que en el caso de las compras físicas la política de devoluciones la fija el propio establecimiento. En todo caso, esta política de devoluciones deberá ser pública y anunciada, más aún cuando esta se modifique con motivo de las rebajas. Evidentemente, los productos con algún defecto si pueden ser devueltos. En el caso de las compras online, el derecho de desistimiento sigue operando, por lo que existe un plazo de 14 días para la devolución de los productos adquiridos.

 

  • Respecto a la política de pagos, conviene recordar que no están obligados a aceptar el pago con tarjetas y que pueden poner un gasto mínimo para aceptar ese medio de pago. En ambos casos, el comercio deberá comunicarlo.

 

  • La persona consumidora tiene derecho, en todo caso, a la obtención del ticket. El comercio siempre está obligado a la entrega de ticket, aun cuando se trate de un producto rebajado. El ticket o factura es fundamental para posteriores posibles reclamaciones, o para hacer valer la garantía.

 

Si lamentablemente la persona consumidora estima que debe reclamar, la primera recomendación es tratar de llegar a un acuerdo con el comercio, si esto no fuese posible, se debe solicitar la hoja de reclamaciones y presentarla en Kontsumobide o en la OMIC correspondiente. En todo caso, y siempre que sea posible, recomendamos acudir al Sistema Vasco de Arbitraje, se trata de una vía rápida, gratuita y voluntaria.