El Departamento de Vivienda inicia este mes el proceso de adjudicación de medio centenar de alojamientos dotacionales para jóvenes en Errenteria

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PRUEBA
  • Los 51 alojamientos dotacionales están dirigidos a personas menores de 36 años con unidades convivenciales que no superen los tres miembros
  • Las inscripciones podrán ser presentadas hasta diez días hábiles después de la publicación de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco

 

El Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes publicará en los próximos días en el Boletín Oficial del País Vasco la orden de inicio del proceso de adjudicación de 51 alojamientos dotacionales (ADA) en Errenteria. Estos alojamientos, dirigidos todos ellos a personas menores de 36 años, tienen carácter de alquiler temporal y buscan resolver las necesidades de acceso a la ocupación legal de una vivienda en colectivos que tienen dificultades para lograrlo, en este caso específicamente personas jóvenes.

Los 51 alojamientos dotacionales promovidos por el Gobierno Vasco sobre suelo cedido por el Ayuntamiento de Errenteria están situados en el área de Arramendi y podrán ser ocupados por meses, con un máximo de un año que puede ser prorrogado cuatro veces. Las personas que resulten adjudicatarias abonarán un canon mensual que no excederá el 30% de sus ingresos ponderados. De los alojamientos, tres se destinarán a jóvenes con discapacidad de movilidad reducida y los 48 restantes se dividirán entre tres para personas o familias con el derecho subjetivo reconocido, siete para quienes tengan la especial necesidad de vivienda acreditada y 38 para el resto de personas admitidas.

Para acceder al proceso, es imprescindible ser menor de 36 años, hallarse dado de alta como demandante de vivienda en alquiler en el área funcional de Donostialdea-Bajo Bidasoa en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Etxebide antes de la publicación de la orden, contar con un empadronamiento en Errenteria, carecer de vivienda en propiedad, derecho de superficie o usufructo en los dos años anteriores y tener ingresos ponderados entre 3.000 y 39.000 euros en el ejercicio de renta de 2019 (suma de ingresos de las personas titulares de la inscripción). Podrán no acreditar ingresos mínimos en el caso de personas con discapacidad con movilidad reducida o con discapacidad psíquica, mujeres víctimas de violencia de género o personas con el derecho subjetivo de vivienda reconocido.

Todas las solicitudes serán baremadas de acuerdo con los ingresos, el número de personas de la unidad convivencial (no puede ser superior a tres), la antigüedad en el registro de solicitantes y si concurren situaciones de especial necesidad de vivienda.

La solicitudes podrán ser presentadas durante los diez días hábiles posteriores a la publicación de la orden en el boletín oficial de manera telemática en www.etxebide.euskadi.eus, de forma presencial en Zuzenean con cita previa (calle Andia 13, Donostia-San Sebastián) o por correo postal (Delegación Territorial de Vivienda de Gipuzkoa, calle Andia 13, 6º, 20004, Donostia-San Sebastián).