Garamendi aboga por una nueva ley que facilite los procesos de acceso al empleo público y ayude a reducir la tasa de interinidad de la Administración

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PRUEBA
  •  La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno explica a los grupos parlamentarios los objetivos y detalles del Proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, Olatz Garamendi, ha defendido hoy el proyecto de Ley de Cuerpos y Escalas cuya aprobación facilitaría los procesos de acceso al empleo público y procuraría una mejor ordenación y racionalización de las y los trabajadores públicos en la Administración pública. La norma incluye una vía de acceso a la Administración que permitiría reducir la alta tasa de interinidad a través de procesos de consolidación en plazas de naturaleza estructural. Asimismo, establece que se valoraría la experiencia en cualquier administración pública, así como los servicios prestados en la administración convocante.

Garamendi ha detallado el proyecto de ley a los grupos parlamentarios vascos durante su comparecencia en el Parlamento Vasco para explicar esta iniciativa aprobada en el Consejo de Gobierno el pasado mes de noviembre y remitida luego a la Cámara vasca para su tramitación y debate. “Es una ley muy necesaria, que permitirá reordenar las funciones y titulaciones para cada puesto de trabajo y simplificará el número de grupos y subgrupos profesionales de la Administración”, ha señalado durante su intervención. Asimismo, flexibilizará los procesos para actualizar y modificar los requisitos de cada puesto en función de los cambios que se produzcan en las titulaciones profesionales.

Toda esta materia está regulada por la ley actual que data de 2004. Desde entonces se han producido cambios tanto en el sistema educativo y el catálogo de titulaciones (sobre todo a raíz de la incorporación al Espacio Europeo de Educación Superior, más conocido como Plan Bolonia) como en el ámbito normativa de la Función Pública. “La nueva realidad recomienda una adecuación normativa para actualizar los grupos y subgrupos recogidos en la norma actual, de forma que se adecúen a las nuevas titulaciones creadas y respondan mejor a las titulaciones y perfiles profesionales que requiere una Administración moderna”, ha indicado. Esto redundaría en una mejora en la organización y racionalización de los recursos humanos lo que, a su vez, permitiría una respuesta adecuada a las necesidades de la ciudadanía. Supondría, además, un avance en la racionalización de la selección del personal, en coherencia con las necesidades organizativas de cada momento.

En el proyecto de ley se regulan los puestos en la administración en Cuerpos que se clasifican en generales y especiales, de acuerdo con las funciones a realizar, las capacidades y los conocimientos acreditados. A partir de ahí se crean las Escalas necesarias dentro de los Cuerpos, de modo que se puedan agrupar funciones que pueden ser desempeñadas por profesionales con titulaciones de diversos campos de estudios.

Cuerpos y Escalas. La futura ley busca simplificar el actual número de grupos y subgrupos, de modo que habrá 2 cuerpos profesionales y, dentro de ambos, se incluirán 54 escalas: 

  • El Cuerpo general: que integrará a quienes realizan funciones vinculadas a la actividad administrativa. Este cuerpo tendrá 4 escalas profesionales: superior de la Administración, de gestión administrativa, administrativa y auxiliar administrativa.
  • El Cuerpo especial: integrará a quienes realizan funciones que requieren un conocimiento específico propio de una profesión o de puestos determinados. Este cuerpo distinguirá 50 escalas profesionales, como, por ejemplo, farmacia, minas, jurídica, cartográfica, medicina, urbanismo, etc.

El proyecto de ley contiene dos disposiciones adicionales en las que se valorará la experiencia y los servicios prestados en la Administración pública y en las que posibilitará además la creación de turnos especiales de acceso en las OPE para los trabajadores interinos que acrediten un mínimo de ocho años de antigüedad en los cuerpos y escalas a los que pertenezcan las plazas convocadas. Este canal se habilitará en los casos en los que la interinidad supere un 40% de la plantilla. El proceso constará de una única prueba, de carácter práctico, relacionada con los procedimientos y funciones habituales de los puestos de cada convocatoria. Será una prueba eliminatoria dentro de los concursos-oposición.

En la práctica será una vía para consolidar empleo en puestos que actualmente están cubiertos por personal interino y que aportan una experiencia y conocimiento de gran valor para la Administración. Esta norma ofrecerá la cobertura necesaria para afrontar este proceso con garantía jurídica y respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir la Función Pública.