- Se aprueba una línea de 300.000 Euros en ayudas dirigidas a asociaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro integradas por colectivos de personas enfermas y sus familias
- Se dedican 250.000 Euros más a subvenciones dirigidas a la realización de actuaciones para la promoción de la salud que se desarrollen en el marco de procesos de participación comunitaria
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy las Órdenes de la Consejera de Salud, Gotzone Sagardui, por la que se regulan ayudas dirigidas para la concesión de un total de 550.000 Euros en dos líneas de actuación que el Departamento de Salud considera de una gran importancia y relevancia social.
Por una parte, se convocan ayudas dirigidas a asociaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro que desarrollen sus actividades en Euskadi, integradas por colectivos de personas enfermas y sus familias y que estén orientadas a la mejora de la calidad de vida de colectivos de personas enfermas y sus familias por un importe de 300.000 Euros;
Se financiaran actividades orientadas a la creación, y/o dinamización de procesos de participación comunitaria para la priorización, planificación y desarrollo de acciones y estrategias dirigidas a la promoción de la salud a nivel local; y actuaciones dirigidas a la promoción de la salud que, con objetivos comunitarios, respondan a necesidades, aspiraciones, problemas o temas de interés de la comunidad y se desarrollen en el marco de procesos de participación comunitaria.
Por otra parte, se aprueban, también, las bases de la convocatoria de la concesión de subvenciones dirigidas a la realización de actuaciones para la promoción de la salud que se desarrollen en el marco de procesos de participación comunitaria en el ámbito local de la Comunidad Autónoma del País Vasco durante el ejercicio 2021 por un importe de 250.000 Euros.
Se financiaran actividades orientadas a la creación, y/o dinamización de procesos de participación comunitaria para la priorización, planificación y desarrollo de acciones y estrategias dirigidas a la promoción de la salud a nivel local; y actuaciones dirigidas a la promoción de la salud que, con objetivos comunitarios, respondan a necesidades, aspiraciones, problemas o temas de interés de la comunidad y se desarrollen en el marco de procesos de participación comunitaria.
El plazo para la presentación de solicitudes, que deberán presentarse por medios electrónicos, es de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPV.