Las organizaciones dinamizadoras de clústeres de Euskadi recibirán más de 3 millones de ayudas (Consejo de Gobierno 27-7-2021)

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PRUEBA

La cooperación entre Pymes, grandes empresas, proveedores de conocimiento y otros actores de los sistemas regionales de innovación, ya sea dentro de un mismo clúster o entre diferentes clústeres, es uno de los principales vectores para aumentar la innovación y las capacidades de internacionalización de las empresas.

Por este motivo el Gobierno ha aprobado hoy 3.049.184 euros en ayudas a las agrupaciones empresariales innovadoras u organizaciones dinamizadoras de clústeres, como principales agentes facilitadores de la cooperación entre los actores del sistema de innovación y especialmente entre las Pymes, ayudando a su inserción en cadenas de valor globales.

El objetivo del programa es regular el apoyo a estas organizaciones para, a través de subvenciones no reintegrables, promover la competitividad de las PYMEs y de la economía vasca.

El programa de ayudas a las ODCs está enmarcado en el eje de prosperidad del Programa Marco de Gobierno 2020-2024 “Euskadi en marcha”: reactivación de la economía y el empleo mediante una estrategia basada en la industria avanzada, la inversión, la innovación y la internacionalización, en el cual se recoge como compromiso de actuación de la política Clúster impulsar la transformación industrial en Euskadi y desarrollar proyectos tractores integrados en ecosistemas industriales y cadenas de valor globales.

También, como consecuencia del COVID-19 y la declaración del Estado de Alarma durante la tramitación de la Orden en 2020, se consideró necesario incluir un apoyo específico para nuevas iniciativas y acciones clúster orientadas a paliar las consecuencias de esa situación, así como la elaboración y despliegue de Hojas de Ruta para la Recuperar la Competitividad que permitiese a los clústeres enfrentar los retos y aprovechar las oportunidades derivadas del nuevo escenario. 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12:00h del día 22 de septiembre de 2021. 

Las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás gastiones implicadas en esta convocatoria de concesión de ayudas se efectuaran por medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Las especificaciones de cómo tramitar por el canal electrónico las solicitudes, declaraciones responsables y demás documentación, que figuran en el Anexo a esta Resolución, se cumplimentarán en la dirección de Internet www.euskadi.eus.