El Gobierno Vasco regula la composición y el funcionamiento del Órgano Interinstitucional del Patrimonio Cultural Vasco (Consejo de Gobierno 5-10-2021)

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El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto por el que ese regula la composición, organización, funcionamiento y funciones del Órgano Interinstitucional del Patrimonio Cultural Vasco.

La Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco, especifica las actuaciones que corresponden en materia de patrimonio cultural vasco a cada uno de los tres niveles de las Administraciones Públicas Vascas (Gobierno Vasco, diputaciones y ayuntamientos). El Órgano Interinstitucional del Patrimonio Cultural Vasco es el encargado de la comunicación, la cooperación y la asistencia entre los tres niveles administrativos con el objetivo de procurar un sistema homogéneo de protección del patrimonio cultural vasco. 

Las funciones de este órgano son las siguientes:

  • Favorecer el intercambio de información y la colaboración en la protección del patrimonio cultural vasco.
  • Proponer criterios comunes y planes de actuación para la salvaguarda, transmisión, puesta en valor y difusión del patrimonio cultural vasco.
  • Proponer medidas de coordinación de fomento del patrimonio cultural vasco.
  • Promover una cooperación efectiva con el resto de administraciones implicadas en la tutela y gestión del patrimonio cultural vasco, con una especial incidencia en la ordenación del territorio y urbanismo, vivienda, industria, medio ambiente, turismo y educación.
  • Habilitar los mecanismos de participación para que la ciudadanía proponga la protección de bienes culturales.
  • Elaborar un plan de descontaminación visual y acústica de los bienes culturales.
  • Proponer medidas de mejora en el ámbito de la protección y puesta en valor del patrimonio cultural vasco, teniendo en cuenta las particularidades de los distintos tipos de bienes culturales y la distribución competencial asignada a dicho efecto en la normativa en vigor.
  • Impulsar la homogeneización de métodos y protocolos de actuación, consensuándolos entre las Administraciones Públicas representadas en el Órgano Interinstitucional de Patrimonio Cultural Vasco.
  • Impulsar acuerdos de colaboración entre los servicios de las administraciones públicas vascas con responsabilidades en el ámbito del patrimonio cultural.
  • Promover el establecimiento de un modelo común a todos los servicios, de información sobre patrimonio cultural.
  • Estar informado sobre los anteproyectos de ley y los proyectos de disposiciones de carácter general en materia de protección del patrimonio cultural vasco.
  • Plantear estrategias y propuestas de coordinación en el ámbito de las políticas públicas sectoriales de las Administraciones Públicas vascas, en las que la defensa y puesta en valor del patrimonio cultural vasco presente algún tipo de incidencia en las mismas.
  • Ser informado de las normativas autonómicas, forales y locales en materia de protección del patrimonio cultural.

 El Órgano Interinstitucional de Patrimonio Cultural Vasco contará con 12 miembros: seis del Gobierno Vasco, tres representantes de las diputaciones forales y otras tres en representación de los ayuntamientos. Además, este órgano se deberá constituir en un plazo de tres meses desde que se publica el decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno.