El Gobierno Vasco aprueba la norma para impulsar la creación de viviendas en alquiler, tanto por el sector público como por el privado, y las viviendas colaborativas (Consejo de Gobierno 07-12-2021)

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El Consejo de Gobierno ha aprobado a propuesta del consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, Iñaki Arriola, la nueva orden sobre las actuaciones de fomento al alquiler y otras formas de uso de las viviendas y edificios residenciales. Se trata de una nueva normativa que desarrolla la Ley vasca de Vivienda para fomentar el alquiler en todos los niveles institucionales, y que, además, activa fórmulas de colaboración público-privada para que también desde el sector privado se impulse el alquiler asequible. 

Por un lado, la norma incrementa las ayudas que ya existían para que administraciones y organizaciones públicas y privadas impulsen la construcción, rehabilitación o adquisición de viviendas que se vayan a destinar al alquiler protegido. Por otro, suma tres líneas nuevas de actuación con el fin de potenciar el arrendamiento en Euskadi, con el fin de ampliar el parque de viviendas y alojamientos dotacionales en alquiler protegido y de movilizar el parque privado vacío. 

Las ayudas serán directas –subvenciones a fondo perdido y subsidiación total o parcial del tipo de interés de un préstamo-  y financiación cualificada –préstamos cualificados y descuentos bancarios. Para 2022 se han reservado inicialmente 19 millones de euros y serán compatibles con las de otras administraciones y los fondos Next destinados a promover el alquiler social. 

A. Adquisición, promoción, y/o rehabilitación de viviendas para su cesión en arrendamiento protegido 

RENTAS

PLAZO DE CESIÓN

CUANTÍAS

ORDEN ANTERIOR

VPO régimen general

20 años

50 años

18.000 euros/vivienda

45.000 euros/vivienda

10.000 euros por 15 años

20.000 euros por 50 años

VPO régimen especial

20 años

50 años

21.000

52.500

18.000 euros por 15 años

40.000 euros por 50 años

 

La orden también incorpora ayudas adicionales para quienes amplíen los plazos de alquiler obligatorios iniciales. Las ayudas para promoción y rehabilitación establecen además subvenciones de hasta el 100% de la asistencia técnica y de los costes de urbanización, entre ambos 6.000 euros máximo por vivienda, el doble que en la anterior orden –la cifra asciende a 9.000 euros en el caso de las zonas de actuación prioritaria ZAP, un 63,6% más que en la normativa anterior-

B. Fomento de edificaciones con destino a alojamientos dotacionales 

En el caso de los alojamientos dotacionales, se otorgarán préstamos por hasta el 100% del coste de construcción y honorarios técnicos con subsidiación de puntos de interés por parte del Gobierno que hará frente total o parcialmente al coste de interés, hasta un límite de 100.000 euros por alojamiento. Las subvenciones serán de 50.000 euros por cada alojamiento dotacional.

C. Impulso del alquiler protegido en zonas rurales y despobladas 

La orden amplía los incentivos especiales para la promoción de viviendas de protección pública para alquiler protegido en municipios o núcleos de población con menos de 5.000 habitantes (hasta ahora accedían a ellas los de hasta 3.000 habitantes) o en situación de despoblación –que hayan perdido un 10% de su población en la última década o que esta no alcance el 80% de la que se contabilizaba en el año 2000- a través de subvenciones incrementadas. Las ayudas amplían los conceptos y actuaciones a subvencionar. 

Se establecen medidas especiales en estos ámbitos despoblados para: 

  • la rehabilitación de viviendas: hasta 1.500 euros por metro cuadrado para obras y 9.000 euros para la asistencia técnica y honorarios
  • y para la adquisición de viviendas en desuso por parte de ayuntamientos con destino al arrendamiento: 20.000 euros por vivienda de régimen general para arrendamientos de 20 años, cantidad que asciende a 50.000 en el caso de alquileres durante 50 años; 22.000 para las de régimen especial durante 20 años y 55.000 euros para los arrendamientos durante 50 años.

D. Cohousing o viviendas colaborativas 

La orden desarrolla un nuevo marco normativo para crear proyectos de viviendas colaborativas (cohousing), un sistema para acceder a una vivienda abonando una entrada previa –para la rehabilitación o construcción del edificio, de un máximo de 30.000 euros- y un canon mensual –nunca superior a 750 euros- a una cooperativa o asociación sin ánimo de lucro que gestione la comunidad de viviendas compuesta por las propias familias residentes en régimen de autogestión. 

Los edificios deberán estar compuestos por al menos cinco viviendas, serán adquiridos en régimen de derecho de uso –incluidos los espacios comunes-, y tendrán que ser residencia habitual de sus ocupantes. La fórmula está dirigida a jóvenes, mayores, proyectos intergeneracionales, con apoyos especiales para familias monoparentales o numerosas, personas con discapacidades o personas con al menos tres años en el Registro de Solicitantes de Vivienda. 

TIPOLOGÍA

CONDICIONES

AYUDA POR VIVIENDA

Vivienda libre

Mensualidad hasta 750 euros y aportación inicial hasta 30.000

Mensualidad hasta 600 euros y aportación inicial hasta 25.000

9.000 euros

 

12.000 euros

Vivienda protegida

Mensualidad hasta 750 euros y aportación inicial hasta 30.000

Mensualidad hasta 600 euros y aportación inicial hasta 25.000

12.000 euros

 

15.000 euros

Intergeneracional

 

15.000 si es libre

18.000 si es protegida

Las actuaciones para promover viviendas en cesion de uso podrán materializarse sobre viviendas libres o protegidas, aunque los suelos movilizados serán de titularidad privada., Los proyectos de cohousing contarán también con acceso a un bloque de préstamos y ayudas específicas. Las viviendas adaptadas recibirán además 3.000 euros adicionales.

Programa Alokairu 

Alokairu es el nuevo programa de colaboración público-privada para fomentar inversiones privadas en vivienda por parte de inversores institucionales–entidades bancarias, fondos de pensiones, compañías de seguros, sociedades de inversión inmobiliaria, etc.- tanto para promover como rehabilitar edificios para cederlos a la administración para el alquiler asequible. Se trata de que cedan al Gobierno Vasco edificios o bloques de viviendas para que sean destinados al alquiler protegido durante entre 7 y 75 años. El Gobierno Vasco rehabilitará y mantendrá el edificio durante ese tiempo y tendrá la opción de comprarlo al final del plazo acordado, abonando un canon garantizado al inversor que no podrá superar el límite de renta abonable a personas propietarias en el marco del programa Bizigune (650 euros/mes en 2022).