La Diputación de Bizkaia aprueba las medidas fiscales para impulsar la reactivación económica

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PRUEBA

Las Juntas Generales han aprobado la Norma Foral que introduce en el sistema tributario de Bizkaia nuevas medidas fiscales para impulsar la reactivación económica. Estas medidas están centradas en el apoyo al emprendimiento, la creación de empleo de calidad y la atracción de profesionales con alta cualificación, y entrarán en vigor el 1 de enero de 2022.

Las cinco medidas contempladas en la Norma Foral pretenden ayudar, desde la fiscalidad, al proceso de recuperación del tejido económico de Bizkaia, intensificando medidas fiscales ya existentes y estableciendo nuevas medidas de carácter complementario.  en la imposición directa (IRPF, Sociedades, Patrimonio y Sucesiones y Donaciones).

Incremento de la deducción por inversión de terceros en emprendimiento

Tanto en IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades se incrementa la deducción por inversión en PYMES o microempresas de nueva o reciente creación. La intensidad de la deducción se incrementa del 20% actual hasta el 35% para las inversiones en PYMES y microempresas innovadoras o vinculadas a la economía plateada o Silver Economy. Para el resto, se incrementa del 10% actual hasta el 25%.

Esta deducción, que estará limitada a un 20% de la base liquidable en IRPF y a un 35% de la cuota líquida en IS, se complementa con un régimen de exención parcial o plena en el momento de la desinversión y se establece un esquema de compensación de pérdidas en caso de que las inversiones fracasen. Adicionalmente, se introduce un tratamiento fiscal incentivador en los impuestos de Patrimonio y de Sucesiones y Donaciones para las inversiones en emprendimiento.

El objetivo de esta medida es incentivar a las personas, físicas o jurídicas, a invertir en proyectos desarrollados por personas emprendedoras, paliando las dificultades de financiación a las que se enfrentan estas últimas para desarrollar sus proyectos.

Tratamiento de las retribuciones ligadas al emprendimiento

Se establece un nuevo tratamiento en IRPF dirigido a las personas emprendedoras cuando parte de los rendimientos de trabajo o de su actividad económica se materialice en la entrega de derechos de opción para adquirir acciones o participaciones de la entidad o en otro tipo de derechos de contenido económico vinculados a la evolución del valor de las acciones o las participaciones.  En este caso, las acciones o participaciones no tributarán en el momento de su reconocimiento sino en el momento de su transmisión.

De este modo, se elimina la penalización que sufren actualmente las personas emprendedoras por las retribuciones que perciben en forma de participaciones o acciones.

Régimen de atracción de personal altamente cualificado

En IRPF se mejora el régimen especial para las personas trabajadoras cualificadas impatriadas incrementando el plazo (de 5 a 10 años) y los porcentajes de exención (del 15% al 30%) que les son aplicables.

Así mismo, se extiende el ámbito de aplicación para incluir a todas las personas cualificadas, tanto si trabajan por cuenta ajena como si lo hacen por cuenta propia, y se amplían las actividades, incluyendo las comerciales y las de organización y gerencia junto a las ya existentes de I+D+i, científicas, de carácter técnico y financieras.  

Esta medida facilita la atracción a Bizkaia de profesionales con una alta cualificación que refuercen la competitividad de las empresas del territorio.

Incremento de la deducción por la creación de empleo de calidad

En el Impuesto sobre Sociedades se intensifica la deducción vigente por creación de empleo, aumentando el límite general de la deducción del 25% del salario bruto anual, que queda establecido en el 50% del salario mínimo interprofesional por cada persona contratada con un salario superior al 170% del SMI y con contrato laboral indefinido. Este incentivo será más generoso cuando se trate de contrataciones de personas incluidas en alguno de los colectivos de especial dificultad de inserción en el mercado de trabajo y, en particular, de trabajadores o trabajadoras menores de 30 años o mayores de 45 años, para quienes la deducción se eleva al 50%  del salario bruto con el límite del salario mínimo interprofesional.

Deducción por gastos de formación profesional en Silver Economy y economía de los cuidados

En el Impuesto sobre Sociedades se introduce una nueva deducción del 10% (ampliable al 15% si hay un incremento en la media de los dos años anteriores) aplicable por aquellos contribuyentes que realicen gastos de capacitación especializada y formación profesional en el ámbito de la economía plateada. Al mismo tiempo, se extiende esta deducción a los gastos de formación vinculados a la economía del cuidado, entendiendo por esta el conjunto de actividades y relaciones que conlleva atender las necesidades físicas, psicológicas y emocionales de adultos y niños, mayores y jóvenes, personas frágiles y personas sanas.

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