Condenan a Osakidetza “por vulnerar el derecho a la huelga” utilizando los servicios mínimos y su aplicación

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PRUEBA

El juzgado número 1 de lo contencioso-administrativo de Bilbao ha condenado a Osakidetza “por vulnerar el derecho a la huelga del sindicato Satse, de sus afiliadas enfermeras y fisioterapeutas, y del conjunto de profesionales” y ha declarado nulos los servicios mínimos decretados por la OSI Barrualde-Galdakao en la Atención Primaria para las huelgas de los días 25 y 28 de febrero.

Concretamente la resolución asegura que Osakidetza “no respetó el criterio de que solo se pueden establecer servicios mínimos en los mismos centros de salud y con el personal de un sábado”. Esto llevaría a concluir que Osakidetza ha estructurado un diseño de la asistencia sanitaria en fines de semana, en concreto los sábados, contrario al derecho de los ciudadanos a la salud. En consecuencia, el juzgado ha considerado que el Gobierno vasco y Osakidetza utilizan los servicios mínimos y su aplicación para impedir el efectivo derecho a la huelga de los profesionales y, de esta forma, minimizar la visibilidad del malestar de la plantilla.