893.095 contribuyentes tienen a su disposición el borrador de su declaración que podrán consultar y revisar de forma digital, telefónica o presencial.
Ayer se abrió el plazo para presentar la declaración de IRPF correspondiente al ejercicio 2023 y que se extenderá hasta el 28 de junio. Para esta campaña, la Hacienda Foral prevé la presentación de unas 663.000 declaraciones de renta, con unas devoluciones de 560 millones de euros y un resultado neto negativo (diferencia entre ingresos y devoluciones) de 163,1 millones de euros.
Así mismo, la Hacienda Foral estima que las y los contribuyentes de Bizkaia aplicarán unos 713 millones de euros en las deducciones sociales por descendientes, personas mayores, discapacidad, dependencia, vivienda o aportaciones a entidades de previsión social.
Para presentar la declaración, todas las personas con datos económicos referentes al ejercicio 2023 (893.095 contribuyentes) disponen de un borrador de declaración elaborado por la Hacienda Foral. En concreto, la Diputación Foral ha confeccionado 812.516 borradores de declaración de la renta, 716.894 en la modalidad individual y 95.622 en tributación conjunta, destinadas a aquellas unidades familiares para quienes esta opción es más beneficiosa. De este modo, quien lo desee, podrá consultar su borrador, revisarlo y presentar su declaración a través de las diferentes vías habilitadas por la Diputación: la digital, la telefónica y la presencial.
Borradores elaborados por Hacienda
Los 812.516 borradores confeccionados por la Hacienda Foral se desglosan de la siguiente manera:
PROPUESTAS RENTA23elaboradas por Hacienda | A devolver | A ingresar | A cero | Total |
---|---|---|---|---|
Obligados | 316.188 | 237.798 | 4.339 | 558.325 |
No obligados | 139.749 | 37.350 | 77.092 | 254.191 |
Total propuestas | 455.937 | 275.148 | 81.431 | 812.516 |
Según los datos que constan en estos momentos en la Hacienda Foral de Bizkaia, el 80,7% de estos borradores (655.934) tienen todos los datos necesarios para su presentación por parte de las y los contribuyentes, mientras que el 19,3% restante, 156.582 borradores, deberán ser completados por las personas contribuyentes, tal y como como se les indica en la carta que reciban.
Previsiones de la campaña deI IRPF
En la campaña para liquidar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la Diputación Foral de Bizkaia prevé la presentación de unas 663.000 declaraciones, de las cuales el 72% serán con resultado a devolver (a favor de los y las contribuyentes). El resultado final se estima en unos -163 millones de euros, ya que Hacienda espera devolver a los y las vizcaínas 560 millones e ingresar 397 millones.
RESULTADO | Contribuyentes | % s/total | Importe | Media |
---|---|---|---|---|
A devolver | 475.000 | 71,64% | -560 M€ | -1.179 € |
A ingresar | 188.000 | 28,36% | 396,9 M€ | 2.111 € |
Total | 663.000 | 100 % | -163,1 M€ | -246 € |
Deducciones sociales
Las y los contribuyentes reducirán el pago del Impuesto sobre la Renta en 712,6 millones de euros, aplicando las diferentes deducciones sociales contempladas en la normativa: descendientes, personas mayores, personas con dependencia o discapacidad, vivienda y aportaciones a entidades de previsión social cuyas cifras adjuntamos en el siguiente cuadro.
DEDUCCIONES SOCIALES | Personas beneficiarias | Deducción media | Importe total |
---|---|---|---|
Descendientes | 226.000 | 655 € | 148 M€ |
Descendientes menores de 6 años | 54.000 | 252€ | 13.6 M€ |
Personas mayores de 65 años | 127.000 | 622 € | 79 M€ |
Discapacidad o dependencia | 78.000 | 1.167 € | 91 M€ |
Alquiler de vivienda habitual | 53.000 | 1.075 € | 57 M€ |
Compra de vivienda habitual | 193.000 | 1.016 € | 196 M€ |
Aportaciones a sistemas de previsión social | 174.000 | 736 € | 128 M€ |
Total | – | – | 712,6 M€ |
Obligación de declarar en IRPF
Como norma general, tienen obligación de presentar la declaración de IRPF las personas cuyas rentas procedentes del trabajo superen los 20.000 euros y/o cuyos rendimientos brutos de capital y ganancias patrimoniales superen conjuntamente los 1.600 euros, incluidos en ambos casos los exentos y, en todo caso, las personas perceptoras de rendimientos de actividades económicas.
En el caso de rendimientos de trabajo obtenidos de dos o más pagadores, se mantiene en 14.000 euros el límite por debajo del cual no es obligatorio presentar declaración. En caso de que los ingresos se sitúen entre 14.000 y 20.000 euros, no existe obligación de declarar si los ingresos obtenidos del segundo y restantes pagadores no exceden de 2.000 euros.
Novedades en Renta 23
Mutualidades
Reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo ha determinado que la pensión pública de la Seguridad Social por jubilación o invalidez derivada de aportaciones a Mutualidades Laborales hasta el 31 de diciembre de 1978, que no fueron susceptibles de reducción en la base imponible del impuesto, debe integrarse al 75% de su importe en la parte proporcional de la pensión generada por las cotizaciones anteriores a 1979, de acuerdo con la Disposición transitoria séptima de la Norma Foral del Impuesto de la renta. De este modo las y los pensionistas vizcaínos con cotizaciones a la Seguridad Social anteriores a 1979 verán reflejado en sus borradores de declaración la reducción aplicable a la pensión de jubilación o invalidez.
Esta integración reducida afecta sólo a la parte de la pensión derivada de las cotizaciones hasta dicha fecha, que será calculada mediante una regla proporcional de los días durante los cuales los y las reclamantes cotizaron a la Mutualidad con respecto al total de su vida laboral, excepto en el caso de que ésta sea superior al periodo máximo que se tiene en cuenta para generar la pensión de la Seguridad Social ( generalmente 35 años), en cuyo caso se tomará en cuenta este umbral para determinar el porcentaje de no integración de la pensión en la base imponible.
Por todo ello, los y las contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de esa reducción, y cuyos datos hayan sido facilitados por la Seguridad Social a la Hacienda Foral antes de la generación de los borradores de declaración, ya podrán ver reflejado en él la cantidad exenta del Impuesto de la Renta. En cambio, aquellas personas afectadas por la sentencia cuya vida laboral haya llegado después de generados los borradores, dispondrán de un aviso al acceder a su borrador indicando esta situación. De igual modo podrán consultar el importe de su pensión exento para que puedan incorporarlo al borrador antes de su presentación.
Con el objeto de facilitar la presentación de la solicitud de la rectificación de las declaraciones correspondientes a los ejercicios no prescritos, la Hacienda Foral de Bizkaia también habilita la posibilidad de presentar dicha solicitud junto con la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2023, marcando la correspondiente casilla en el momento de presentar la declaración y sin necesidad de aportar documentación complementaria. Esta medida ha beneficiado a 194.422 contribuyentes por un importe total de 60 millones de euros.
Medidas adoptadas ante la inflación
.-Se deflacta un 2% la tarifa aplicable a la base liquidable general correspondiente al ejercicio 2023, incrementando a su vez, en idéntico porcentaje, la reducción por tributación conjunta, la minoración de cuota y las deducciones personales. Esta medida ha tenido un impacto económico de más de 38 millones de euros.
.- En actividades económicas se mantiene para 2023 el porcentaje general del 10% al 15% para minorar la diferencia entre los ingresos y los gastos de la actividad, en concepto de amortizaciones, pérdidas por deterioro y gastos de difícil justificación. Este mecanismo, conocido como forfait, se incrementa con mayor intensidad, desde el 35% y 55% hasta el 70%, para las actividades agrícolas y ganaderas y para las actividades de transporte de mercancías por carretera, respectivamente. Medida que ha beneficiado a 39.244 declaraciones y cuyo importe asciende a más de 17 millones de euros.
– Se mantiene en 2023 la minoración extraordinaria en cuota por un importe de 200 euros por declaración, aplicable a aquellos y aquellas contribuyentes cuya base imponible general sea igual o inferior a 30.000 euros. Las personas contribuyentes, cuya base imponible general sea superior a 30.000 euros e inferior a 35.000 euros, aplicarán una minoración de cuota de 200 euros menos el resultado de multiplicar por 0,04 la cuantía resultante de minorar la base imponible general en 30.000 euros, por cada declaración. Una mediada que ha beneficiado a 320.365 declaraciones por un importe que asciende a más de 53 millones de euros.
Batuz
-En 2023 se continúan aplicando las medidas incentivadoras a la aplicación voluntaria del sistema BATUZ atendiendo a la fecha de adhesión voluntaria al mismo. A fecha de 8 de abril hay adheridos a Batuz en periodo voluntario 23.701 autónomos y empresas, además de 7.073 incorporadas definitivamente en la ventana de 1 de enero de 2024, con lo que ya tenemos más de 30.000 personas y empresas en Batuz.
Exenciones
La ayuda de 200 euros en pago único concedida al amparo del Real Decreto-ley 20/20222, de 27 de diciembre, de medidas en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de la Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
Novedades operativas
En relación con la compensación de pérdida de ejercicios anteriores, por primera vez este año los borradores van a incorporar las cantidades pendientes de los cuatro ejercicios anteriores según las declaraciones presentadas por los y las contribuyentes. Una circunstancia que ya aparecerá reflejada en el borrador, por lo que únicamente será necesaria su modificación si se opta por aplicar esas cantidades en otro orden al propuesto por Hacienda.
Además, se incorporará una utilidad para importar y exportar las ganancias/pérdidas patrimoniales derivadas de la compraventa de acciones, de manera que se puedan rellenar todos los datos de una vez sin tener que ir haciendo modificaciones de una en una.
De igual modo se podrán consultar los datos de todos los préstamos para vivienda habitual que tenga el o la contribuyente e incorporar al borrador los que resulten aplicables con un simple botón.
Se incorporará una utilidad para regresar en cualquier momento al borrador inicial y así poder descartar cualquier cambio efectuado con anterioridad en los datos económicos.
Cómo presentar la declaración
Cada contribuyente puede tramitar su declaración a través del canal que elija:
• El digital, en la web www.bizkaia.eus/renta o en la app Renta Bizkaia Errenta.
• El telefónico, llamando al 94 608 30 00, previa reserva de cita en el 94 406 66 00 desde del 8 de abril.
• Y el presencial, en las doce oficinas de la Hacienda Foral y oficinas Gertu de la Diputación. La reserva de la cita se realizará a través del mencionado teléfono o en la propia web de Hacienda.
Para tramitar la declaración por teléfono, en oficinas o por la web, si se trata de una declaración conjunta, es recomendable disponer de la carta que los y las contribuyentes están recibiendo en sus domicilios durante este mes de abril. En ella se les informa sobre su declaración y se les facilita tanto la clave de representación como un código para activar una clave Bak si no disponen de un medio de identificación digital.
Los 812.516 borradores que Hacienda pone a disposición de las personas contribuyentes están elaborados con los datos disponibles, por lo que en algunos casos será necesaria la aportación de información complementaria. Algo que se podrá hacer en los canales digitales, por teléfono o de manera presencial en las oficinas de la Hacienda Foral. Algunos casos frecuentes son:
• Modificación de datos personales o de domicilio
• Atrasos cobrados de años anteriores
• Ingresos o pagos por alquiler de vivienda
• Ingresos o gastos por alquiler de local comercial
• Venta de inmuebles
• Venta de acciones
• Compensación de pérdidas de ejercicios anteriores.
• Aportación EPSV a favor del cónyuge o pareja de hecho
• Pensiones compensatorias y anualidades por alimentos
Una vez aportada la información pendiente, el sistema recalculará el borrador, que quedará listo para su presentación.
Por su parte, las personas a las que la Hacienda Foral informe de que su borrador de declaración esté completo y con resultado a su favor y no realicen trámite alguno sobre el mismo, verán presentada su declaración de forma automática el 28 de junio, recibiendo su devolución en los días siguientes.
Campaña de Patrimonio y del Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas
El plazo para presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio y del ITSGF (Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas) del ejercicio 2023 será el mismo que para el IRPF.
Obligación de declarar Impuesto sobre el Patrimonio
Los y las contribuyentes cuya declaración resulte a ingresar o cuando, no dándose esta circunstancia, el valor de sus bienes o derechos resulte superior a 2 millones de euros.
Obligación de declarar ITSGF
Tienen obligación de presentar declaración los y las contribuyentes con un patrimonio neto superior a 3 millones de euros y cuya cuota tributaria, determinada de acuerdo con las normas reguladoras del impuesto y una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedieren, resulte a ingresar.
Al ser un impuesto complementario al de Patrimonio, las y los contribuyentes aplicarán a la cuota íntegra del Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas una deducción del mismo importe que la cuota líquida de su Impuesto sobre Patrimonio.
La Hacienda Foral estima que se presentarán en torno a 8.100 declaraciones del Impuesto de Patrimonio por un importe total de 88 millones de euros.
PREVISION CAMPAÑA 2023 (Patrimonio)
Número | Importe |
8.100 | 88 M€ |