¿Cuáles son las claves de la nueva norma que protege a las empleadas del hogar?

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El Gobierno de España aprobó ayer la ampliación de derechos del colectivo de trabajadoras del hogar que tendrá impacto sobre alrededor de 400.000 personas, la inmensa mayoría de ellas mujeres, que están inscritas en la Seguridad Social.

Uno de los mayores beneficios logrados es que las empleadas del hogar podrán cotizar finalmente por la prestación de desempleo. La cotización por la prestación de desempleo que da derecho a estas trabajadoras a cobrar el paro una vez concluya su relación laboral será obligatoria a partir del 1 de octubre de 2022.

Además, junto con la nueva cotización por desempleo se incluye también la derivada al Fondo de Garantía Salarial. Este organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía proporcionará una cobertura indemnizatoria a aquellas trabajadoras domésticas en casos de insolvencia o concurso de las empleadoras. La cotización al Fogasa también se aplicará desde el 1 de octubre de este año.

Por otro lado, a partir de ahora un empleador no podrá prescindir de una trabajadora sin motivo mediante el pago de una indemnización. Esta figura jurídica, conocida como desistimiento, queda prácticamente erradicada, y solo podrá invocarse en casos muy determinados. Por ejemplo, cuando en la familia contratante se acredite bien una disminución de ingresos o un aumento de los gastos. También podrá finiquitarse la relación laboral si se alteran sustancialmente las necesidades de esta familia, o si se produce una pérdida de confianza fundamentada sobre la trabajadora. En caso contrario, deberá fundamentarse de la misma forma que en el resto de colectivos de empleados, esto es, de acuerdo a las causas que se recogen en el Estatuto de los Trabajadores.

Para fomentar la regularización de las trabajadoras del hogar y mejorar sus condiciones, el Gobierno ha diseñado un bloque de ayudas fiscales para los empleadores.

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