El alto tribunal considera que los hechos denunciados no son constitutivos de delito.
El Tribunal Supremo ha archivado la denuncia presentada por el apoderado de la empresa Inversus Inhotel contra la exalcaldesa de Cádiz y diputada del PP Teófila Martínez por los delitos de tráfico de influencias, denuncia falsa, malversación de caudales públicos y de prevaricación. La Sala de lo Penal, siguiendo el criterio del fiscal, considera que los hechos denunciados no son constitutivos de delito.
Inversus Inhotel denunció a Martínez por la adjudicación a otra empresa del Festival Cádiz Latino 2010, donde iba a actuar Chayanne, y no a la suya, que tenía firmado un contrato de exclusividad con el artista.
La Sala de lo Penal, en un auto con ponencia de su presidente, Manuel Marchena, considera que el denunciante únicamente señala irregularidades procedimentales, que no pueden equipararse a una omisión de procedimiento. Los magistrados añaden que las actuaciones denunciadas se desarrollan en el marco de una relación contractual, en la que surgen discrepancias y se producen modificaciones durante la ejecución del contrato, que se han resuelto en el orden civil, sin que se puedan equiparar a una «actuación maliciosa, contraria a la ley y realizada a sabiendas por la alcaldesa denunciada».