El Tribunal Supremo destaca la prevalencia de la libertad de información sobre el derecho al honor de personajes públicos

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PRUEBA

El alto tribunal estima el recurso de dos periodistas contra la sentencia que les condenó por la publicación de un artículo sobre los ‘papeles de Bárcenas’

La Sala I del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por el editora del periódico “El Mundo”, su exdirector Pedro J. Ramírez y el periodista del diario Manuel Marraco frente a la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que les había condenado por vulneración del honor del empresario Luis del Rivero Asensio, en el artículo relativo a los denominados ‘papeles de Bárcenas’ titulado “Álvarez-Cascos colocó a Bárcenas y a Trías”.

En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pedro José Vela Torres, en aplicación de la doctrina del Tribunal Constitucional y de la propia jurisprudencia de la Sala, se establece que las libertades de expresión e información alcanzan el máximo nivel de prevalencia frente al derecho al honor cuando los titulares de éste son personas públicas, ejercen funciones públicas o resultan implicados en asuntos de relevancia pública, como son las investigaciones de corrupción.