Confirman una indemnización de 26 millones a Repsol por la fijación de precios máximos de venta

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PRUEBA

El alto tribunal considera que la actuación del Ministerio de Industria excedió los límites de la razonabilidad y ponderación

El Tribunal Supremo ha confirmado una indemnización de 26 millones de euros a Repsol por daños y perjuicios tras la fijación por el Ministerio de Industria de un precio máximo de venta antes de impuestos de los gases licuados de petróleo envasado, en envases de capacidad igual o superior a 8 kg.,  para el último trimestre del 2011 y el primero de 2012.

La Sala Tercera ha rechazado el recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado y confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró el derecho de la petrolera a ser indemnizada en la cantidad citada, más los intereses legales desde el 31 de marzo de 2012, por los daños y perjuicios sufridos en los periodos de tiempo reclamados.

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Margarita Robles Fernández, indica que la actuación de la Administración en las resoluciones impugnadas, excedía los límites de la razonabilidad y ponderación, vulnerando el principio de proporcionalidad, por lo que no cabe excluir la antijuridicidad de un daño, que ha quedado acreditado.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con su doctrina, señala que no puede admitirse como razonable un precio regulado que impone a los suministradores la venta a pérdidas durante un período prologando de tiempo, recogiendo además una vulneración del principio de proporcionalidad en la intervención pública en la fijación específica de precios máximos de GLP que se había acordado y que fue objeto de anulación.