Pamplona amplia hasta los 400.000 euros la convocatoria de prestaciones para personas y familias en situación de emergencia social

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PRUEBA

En 2015 se concedieron 384.549 euros de ayudas tras ampliarse en la segunda mitad del año la partida, que inicialmente era de 210.000 euros

El Ayuntamiento de Pamplona ha ampliado para este año hasta los 400.000 euros la convocatoria de prestaciones económicas directas a personas y/o familias en situación de emergencia social y carencia de ingresos.

El año pasado se concedieron 384.549 euros de ayudas a 980 solicitudes, después de ampliarse la cantidad inicial de 210.000 euros en 100.000 euros en agosto y 90.000 euros en el mes de octubre.

Entre las novedades de la convocatoria de este año se pueden citar que será publicada en el Boletín Oficial de Navarra ya este mismo mes de enero, que no existe límite de edad como anteriormente, que se aumenta el tope de cantidad de ayuda que se puede recibir, que se puede obtener la ayuda anticipadamente a la resolución de las convocatorias del Gobierno de Navarra o que disminuye el tiempo de empadronamiento mínimo.

Además, se amplían los conceptos por los que se puede recibir subvención ya que se han incluido por primera vez elementos que ayuden a mantener la autonomía personal, actividades de tiempo libre para menores que sirvan de prevención o gastos en formación que mejoren la incorporación laboral.

Las solicitudes podrán cursarse una vez sea publicada en el Boletín Oficial de Navarra la convocatoria, que hoy ha sido presentada en la Comisión de Asuntos Ciudadanos por la Concejala Delegada de Acción Social y Desarrollo Comunitario, Edurne Eguino.

Se atenderán por orden de entrada y hasta que se agote el presupuesto establecido. Las solicitudes se podrán efectuar en las Unidades de Barrio, en el Servicio Municipal de Atención a la Mujer o en los servicios sociales municipales que se determinen.

Cubrir necesidades básicas de alojamiento, suministros o nutrición, entre otras

La convocatoria está orientada a subvencionar a personas y familias vecinas de Pamplona que presentan carencias económicas y que tienen serias dificultades para cubrir sus necesidades básicas de alojamiento, suministros, nutrición y salud e incorporación.

Estas ayudas se definen como “Prestaciones Económicas Directas” (P.E.D.) y son de carácter puntual, no periódicas, subsidiarias, complementarias y orientadas a cubrir necesidades básicas. Se consideran instrumentos de apoyo a la intervención social de los profesionales municipales del Área de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

Sobre alojamiento las bases recogen que las ayudas se podrán utilizar para pagos de alquiler o de préstamos hipotecarios así como para pagos de gastos de comunidad. Dentro del concepto de ‘suministros’ se encuentran los de electricidad, gas/calefacción, agua y servicios de basuras.

Las ayudas del concepto ‘Nutrición y salud’ se dirigirán a la cobertura de la necesidad básica de una alimentación diaria y correcta así como de los elementos imprescindibles para la higiene personal y del hogar. Excepcionalmente se podrían contemplar gastos de comedor escolar no subvencionados por otras ayudas.

Dentro de este apartado se encuentra una de las novedades de la convocatoria de este año, la ayuda para la adquisición de elementos necesarios para el mantenimiento del funcionamiento personal integrado, es decir que faciliten el autovalimiento.
También entre las novedades de este convocatoria respecto a las anteriores es que se eliminan los topes por conceptos tanto en manutención como mantenimiento de vivienda. Además, en este ultimo caso se contemplan gastos y no solo deudas. Asimismo, es nuevo que se elimina el tope de dos mensualidades en vivienda y manutención.

Otros conceptos por los que también se podrá pedir ayuda están relacionados con la incorporación social y/o laboral, ya que se podrán pedir ayudas para actividades socio-educativas y formativas no regladas, y para actividades relacionadas con la prevención de riesgo o desprotección en la infancia y adolescencia.

En este caso se quiere facilitar el acceso, por ejemplo, a servicios o escuelas infantiles, servicios de conciliación o actividades de ocio y tiempo libre que no puedan ser sufragados por las familias cuando se valoren como medida preventiva y de protección social dentro de la intervención llevada a cabo por los servicios sociales municipales.

Requisitos de los solicitantes y compatibilidad con otras ayudas

Podrán solicitar la subvención las personas individuales o unidades familiares de convivencia que reúnan los siguientes requisitos: ser mayor de 18 años o menor emancipado (se ha eliminado la exclusión de mayores de 65 y menores de 25); tener residencia efectiva en Pamplona y encontrarse empadronadas en la ciudad con un mínimo de seis meses de antigüedad y estar implicados en un proceso de intervención social a través de los programas y servicios municipales del Área de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

Asimismo, deberán haber solicitado ayuda por el mismo concepto en el resto de administraciones, dada la subsidiariedad de las prestaciones económicas reguladas en esta convocatoria. En este sentido, las bases señalan que estas prestaciones pueden servir de anticipo de las ayudas extraordinarias del Gobierno de Navarra, cuando el concepto solicitado sea susceptible de ser concedido a través de aquellas pero la necesidad de su abono sea inmediata.

En este caso, la persona solicitante firmará un compromiso de devolución una vez que el Gobierno de Navarra haya efectuado el pago. El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, supere el coste de la actividad subvencionada. Si eso sucede hay que devolver la diferencia.

Ingresos máximos para recibir la ayuda y subvención máxima

Otro de los requisitos para poder acceder a estas subvenciones es que los recursos económicos mensuales de la unidad familiar no superen en 1,2 veces la Renta de Inclusión Social establecida por el Gobierno de Navarra para 2016.

De acuerdo con esta tabla, las unidades familiares de un miembro no pueden tener ingresos superiores mensuales a 786 euros; las de 2 miembros a 943; las de tres a 1.022; las de 4 a 1.100 y las de 5 personas o más a 1.178 euros. Se define como unidad familiar de convivencia la formada por los cónyuges, parejas estables o parejas con análoga relación de afectividad, sus hijos y demás personas unidas por parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad que convivan en el mismo domicilio.

Para calcular los recursos de la unidad familiar de convivencia, se tendrán en cuenta los ingresos netos que procedan de empleo o prestaciones de todos su miembros. Cuando exista capital mobiliario del que pueda disponer el solicitante se valorará si con el mismo puede hacer frente a la necesidad planteada, entendiendo que en ese caso dispone de recursos suficientes.

Además, las bases recogen que aunque las familias pueden tener recursos inferiores a los que se marcan como máximo no podrán recibir ayudas si se constata que algún miembro de la unidad familiar accede a la compra de determinados bienes o servicios o cuenta con gastos de mantenimiento de determinados bienes que exigen la existencia de recursos diferentes de los declarados y de los obtenidos mediante la prestación.

La cuantía máxima a conceder a través de estas ayudas a la persona o unidad familiar solicitante no podrá superar en un año en cada uno de los conceptos o en la suma de todos ellos 1,2 veces la cuantía mensual de Renta de Inclusión Social.

De esta manera, podrán recibir al año como máximo las solicitudes de unidades familiares unipersonales 786 euros; las unidades familiares de 2 miembros recibirán como máximo 943 euros; las de tres 1.022 euros; las de 4 1.100 euros y las de 5 personas o más 1.178 euros. Además, se establece una cuantía máxima a pagar en cada solicitud del 50% de la cantidad anual máxima.

Esto permitirá limitar el pago de situaciones que todavía están por llegar y realizar un trabajo más educativo y de acompañamiento de los casos, así como garantizar que se puedan cubrir las situaciones más urgentes de forma inmediata.

Se multiplican las ayudas por 4 en 10 años

Con este aumento de partida, el Ayuntamiento de Pamplona trata de responder a la creciente demanda de estas ayudas registrada en los últimos años. Así, en el año 2012 se concedieron subvenciones a 656 personas o familias en situación de emergencia social por un importe total de 223.062 euros; en 2013 la cifra aumentó hasta 846 solicitudes atendidas con 304.285 euros; en el año 2014 se alcanzó la cantidad de 382.319 euros con 1.034 solicitudes y el año pasado fueron 980 solicitudes atendidas y 384.549 euros destinados.

Los datos también indican que en 1999 esta convocatoria tenía una dotación de 35.076 euros, cantidad que hace diez años, en 2006, ya estaba establecida en 104.292. Ese año se atendieron 442 solicitudes. Eso significa que la inversión de la partida se ha multiplicado por 4 y el número de solicitudes atendidas es más que el doble.